lunes, 5 de diciembre de 2011

Titulitis aguda.



El fallo de la sentencia del Tribunal de Justicia de Madrid contra el Decreto 52/2010 de Estructuras Básicas Sanitarias y Directivas de Atención Primaria del Área Única de Salud de Madrid, decreta que el director del centro de salud sólo puede ser un Licenciado en medicina y cirugía. El recurso presentado cuestionaba la legalidad del artículo 9 del decreto que establece que "el director del centro de salud se proveerá mediante convocatoria pública entre profesionales sanitarios", fuera facultativo o no.

El debate no es entrar en una lucha interna entre el colectivo médico y enfermero, ya que ambos estamos capacitados para ostentar dicho puesto al margen de nuestra titulación. Aquí de lo que se trata es de que la persona que esté al frente de ese puesto sepa desempeñar sus funciones, independientemente de su titulación académica, y eso lo tendría que respaldar la ley.

Abrá que aprender de los estadounidenses, ya que hace unos días leía que el presidente Obama ha nombrado como nueva adiministradora de Medicare y Medicaid a una enfermera y allí es cada vez más habitual que los profesionales de enfermería lleguen a puestos directivos.

Por algo será...

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